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Comisión de Disciplina confirma duros castigos tras la agresión de directivo de Real Sociedad y sus jugadores

La Comisión de Disciplina hizo oficial las sanciones tras los incidentes suscitados en Tocoa al término del partido entre Real Sociedad y Lobos UPN.
Comisión de Disciplina confirma duros castigos tras la agresión de directivo de Real Sociedad y sus jugadores
El conjunto Aceitero ha recibido fuertes castigos tras los incidentes en Tocoa. - Foto: Captura/ Deportes TVC.

La Comisión de Disciplina del fútbol hondureño confirmó este viernes las sanciones tras el zafarrancho provocado tras la agresión de un directivo de la Real Sociedad en contra de su propio entrenador tras el partido de la Jornada 2.

El hermano de Ricardo Elencoff, Boris Reyes, ingresó al terreno de juegos para atacar a Mauro Reyes, pero los jugadores salieron en defensa de él y contraatacaron propinando varios golpes al dirigente.

A pesar de que dichos incidentes no fueron incluidos en el acta arbitral, la Comisión de Disciplina dio a conocer los castigos a través de un documento oficial, donde fueron suspendidos dos futbolistas.

"Se solicita a la Secretaría de la Liga Nacional certifique si el señor Boris Elencoff es directivo del Club Real Sociedad indicando el cargo que ocupa en la Directiva", comienza diciendo el escrito.

Castigos para jugadores de la Real Sociedad

"Suspender provisionalmente por un juego a los jugadores del Club Real Sociedad, Axell Fuentes y César Romero en aplicación del artículo 11 literal c, del Código Disciplinario de la Fenafuth".

Vea también: ¡Polémica! Esto dice el acta arbitral sobre la bochornosa pelea al final del Real Sociedad-Lobos

Otros Castigos

-Sancionar al Club Olimpia Deportivo con una multa de veinte mil lempiras en aplicación del artículo 67 numerales 2 y 5.

-Sancionar al Club Real España con una multa de seis mil lempiras en aplicación del artículo 52, literal a.

-Sancionar al Club Victoria con una multa de seis mil lempiras en aplicación del artículo 52, literal a.

-Sancionar al Club Olancho con una multa de seis mil lempiras en aplicación del artículo 52, literal a.

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